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Cómo pedir la prestación por riesgo durante la lactancia

Cómo pedir la prestación por riesgo durante la lactancia

Por Joana Badia Rion, abogada laboralista en ‘Nèmesi Advocades i Assessores’

Correo electrónico: [email protected]

Twitter: @joana_divisa

La prestación por riesgo durante la lactancia es un derecho laboral al que pueden optar algunas trabajadoras después de dar a luz si las circunstancias a las que están expuestas durante su jornada laboral suponen un peligro para su salud o la de su bebé. Es un subsidio que equivale al 100% de la base reguladora.

Lamentablemente, algunas madres (y futuras madres) se enfrentan a conflictos laborales a la hora de disfrutar de este y otros derechos laborales previstos en la ley. Aunque a día de hoy el disfrute del permiso de maternidad (las 16 semanas posteriores al parto) es un permiso más o menos normalizado para la mayoría de las trabajadoras, otras medidas son mucho más controvertidas y pueden generar muchas dudas, tanto para aquellas que deben pedirlas, como para las empresas que deben garantizar su disfrute. A continuación, despejamos algunas de las dudas más frecuentes alrededor de la prestación por riesgo durante la lactancia: 

La prestación por riesgo en la lactancia no es una baja

Aunque popularmente hablamos de “baja por riesgo en la lactancia” lo cierto es que el subsidio o prestación por riesgo durante la lactancia natural no es una baja y no se considera un período de incapacidad temporal. Es decir, no depende de que un médico considere que existe un riesgo para la madre o el bebé sino de las normas de prevención de riesgos laborales. De hecho, si la trabajadora está enferma o se encuentra de baja por alguna contingencia común o profesional (alguna enfermedad o accidente) no puede ser beneficiaria del permiso.

No es posible acogerse a la prestación por riesgo en la lactancia si existe una alternativa laboral posible

La prestación se otorga cuando existen posibles riesgos laborales, como factores contaminantes o peligrosos a los que pueda estar expuesta una trabajadora (sustancias tóxicas, humo, temperaturas extremas, etc.). La empresa debe valorar si es posible cambiar de puesto de trabajo a la empleada o darle funciones diferentes a las que acostumbra a desarrollar para que pueda seguir trabajando durante el periodo de lactancia. Solo en caso de que no haya ninguna otra alternativa se tramitará el permiso por el cual se le suspenderá el contrato de trabajo y, con él, la obligación de acudir a la empresa.

Haber tenido un subsidio por riesgo durante el embarazo no significa que puedas tener uno por riesgo en la lactancia

Muchas trabajadoras tramitan durante su gestación un subsidio por riesgo durante el embarazo. Aunque muchas veces coinciden, las circunstancias que hacen que sea peligroso ir a trabajar mientras se está embarazada no tienen porqué ser peligrosas durante la lactancia, y viceversa. Por ejemplo: una maestra que debe atender a niños y niñas de tres años probablemente no podrá trabajar durante una parte del embarazo por el esfuerzo físico que conlleva, pero mientras esté dando el pecho, podrá trabajar sin problema. En cambio, si la trabajadora manipula sustancias tóxicas (en un laboratorio o similar) seguramente tendrá riesgo durante el embarazo y durante la lactancia posterior. Se deberá valorar cada caso concreto.

Si tienes un prestación por riesgo en la lactancia no puedes disfrutar el permiso de lactancia

El permiso de lactancia (que otorga una hora de permiso remunerado diario para amamantar hasta los nueve meses del bebé o de algunos días de permiso compactado) es en la mayoría de casos incompatible con el subsidio por riesgo durante la lactancia. Si la trabajadora no acude al trabajo porque es peligroso es lógico que no pueda disfrutar de un permiso que va ligado al hecho de estar trabajando. Así pues, hay que ir con cuidado si se pide la lactancia compactada y se pretende tramitar un subsidio por riesgo, porque podría pasar que se tuviera que devolver el salario cobrado de más.

Si te despiden mientras estás de permiso por riesgo en la lactancia, el despido puede ser nulo

Hay que recordar que la suspensión del contrato por riesgo durante la lactancia natural no significa que la trabajadora deje de tener derechos laborales. Además, las trabajadoras que dan a luz están especialmente protegidas por el ordenamiento laboral durante el primer año de vida de su bebé. Así pues, si una trabajadora es despedida mientras se encuentra disfrutando de un permiso y la empresa no tiene motivos reales que justifiquen esa acción más allá del hecho de que haya sido madre o haya querido ejercer derechos de conciliación, se podría considerar que el despido es discriminatorio por razón de género y se consideraría nulo en caso de interponer una demanda. Esto implicaría la inmediata readmisión de la trabajadora y el cobro de los salarios que se hayan dejado de percibir durante el tiempo que haya durado el despido.

La prestación por riesgo durante la lactancia natural no va a durar el tiempo que dure la lactancia natural

El subsidio por riesgo durante la lactancia natural es una prestación regulada por la ley con unas características muy concretas. Así pues, las trabajadoras que sean beneficiarias de él pueden cobrarlo solo hasta que el bebé cumpla los nueve meses de edad, aunque ellas amamanten más allá de este tiempo. Aunque la ley establezca que el subsidio finalizará antes de los nueve meses si la madre finaliza la lactancia natural, este es un proceso que forma parte de la vida privada de la trabajadora y, si la mútua desea retirar el subsidio, deberá poder demostrar que la etapa de lactancia natural de la trabajadora ha finalizado.

Debería ser la empresa quien previera la necesidad de la prestación

Las prestación por riesgo para la lactancia materna en el puesto de trabajo no debería depender de que sea la trabajadora quien se preocupe de tramitarla. Dado que esta prestación forma parte de la obligación de prevención de riesgos laborales que tienen todas las empresas, son estas las que deberían prever mediante protocolos qué situaciones van a dar lugar a este permiso antes incluso de tener ninguna trabajadora embarazada o en período de lactancia.

En definitiva, si consideras que puedes ser beneficiaria de un permiso de este tipo y te surgen dudas sobre cómo hacerlo, lo mejor es que te informes con una profesional para saber, con exactitud, cuál es el proceso a seguir.

 

26 comentarios en «Cómo pedir la prestación por riesgo durante la lactancia»

  1. Hola buenos dias yo quiero pediro Permiso de riesgo durante lactancia de pecho he cobrado riesgo durante el embarazo puede ser que cobro la presentcion de la Lactancia

    1. Hola, gracias por confiar en nosotras! Atendemos preguntas a través del canal de consultas de nuestra app LactApp. Ahí te podrán ayudar nuestras expertas de lactancia.

    1. Hola,
      ¡Gracias por confiar en nosotras! Atendemos preguntas a través del canal de consultas de nuestra app LactApp, en el apartado contacto. Ahí te podrán ayudar nuestras expertas de lactancia.

    1. Hola,
      Un placer saludarte. Pedirlo lo puedes pedir, pero tienes que alegar las causas por las que tu trabajo es un riesgo para la latancia, y ver si lo acepten,.

      Un saludo

  2. Trabajo en una planta de reciclaje. ¿ Puedo solicitar riesgo de lactancia? He visto que por temperatura extrema se puede pedir también y sabiendo que pasan muchos productos químicos por la cinta

    1. Hola Maria, un placer saludarte y gracias por confiar en LactApp.
      Nuestras expertas están disponibles en el Canal de Consultas de la app para atender tu consulta.
      Un saludo!

  3. Hola buenos días soy camarera me gustaría saber si puedo pedir el subsidio por lactancia visto qué es un trabajo estresante para allá y para acá cargo cargo con peso

  4. Buenos días.
    Trabajo en una eess, es autoservicio, pero yo me ocupo de limpieza de surtidores con productos fuertes ..
    Podría acogerme a esa baja?
    Y donde se debe tramitar??
    Un saludo

  5. Podría solitar riesgo para la lactancia sin haber agotado las 16 semanas de baja de maternidad? Es decir, disfrutar las 8 semanas obligatorias después del parto, solicitar riesgo para la lactancia hasta los 9 meses del bebé y después disfrutar las 8 semanas restantes de baja por maternidad?

  6. Buenas tardes! Trabajo en una granja avícola y me gustaría saber si me aceptarían ya que estoy en contacto directo con los excrementos y los animales! Gracias

  7. Hola. Soy Bombera, y me gustaria saber si puedo solicitar el permiso por riesgo en la lactancia, dado que aunque me adapten el puesto de trabajo(cambio de turnos de 24h a 8h, y cambio de activo a gestiones), al ser el horario adaptado de 8h diarias, no puedo hacer una lactancia exclusiva hasta los 6 meses, como recomienda la OMS y la AEP.

  8. Hola, actualmente disfruto de la presentación por riesgo en la lactancia porque mi puesto de trabajo supone un riesgo, por lo tanto cuando finalice está prestación a los nueve meses y me reincorpore a mi trabajo ¿Debería de dejar de darle pecho a mí bebé por el riesgo que supone?

    Un saludo
    Gracias

  9. Donde se solicita? A través de mutua o de médico de cabecera o a la propia entidad para la que trabajes ? Entiendo que a la empresa pero a través de qué via?

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