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Permiso de maternidad y paternidad en 2022: todo lo que debes saber

Permiso de maternidad y paternidad en 2022: todo lo que debes saber

¿Cómo son el permiso de maternidad y paternidad en España 2022? Si quieres saber si ha habido cambios legales en las bajas de maternidad y paternidad en este inicio de 2022, en este post te dejamos todo lo que tienen que saber quienes se estrenan como mamás y papás este año, de la mano de nuestras compañeras abogadas Mamá Jurista.

Permiso por nacimiento 2022

Durante 2022, la duración del permiso por nacimiento en España sigue siendo de 16 semanas, tanto para la madre biológica como para el otro progenitor.

Para tener derecho a este permiso de maternidad y/o paternidad se exigen dos requisitos: haber cotizado un mínimo de tiempo y estar en situación de alta o asimilada al alta en el momento del nacimiento (esto es, estar cotizando en una empresa o cobrando la prestación por desempleo en el día del parto). 

Son permisos individuales e intransferibles, es decir, no se permite ceder a otra persona ninguna semana del descanso.

Las 16 semanas del permiso pueden disfrutarse de forma continuada o bien fraccionarse, por semanas, hasta los 12 meses del bebé. Sea cual sea el modo de disfrute, son obligatorias las 6 primeras semanas de permiso inmediatamente después del parto.

Además, las 10 semanas restantes del permiso por nacimiento pueden disfrutarse a tiempo parcial, siempre que exista acuerdo con la empresa empleadora. Es frecuente esta forma de disfrute en personas autónomas.

Es importante saber que la madre biológica puede adelantar el disfrute de su descanso maternal, para comenzarlo hasta cuatro semanas antes de la fecha prevista de parto. Esto puede interesar a quienes terminan su prestación por desempleo antes de la fecha en la que salen de cuentas.

Existen algunos supuestos especiales, donde se amplía la duración del permiso por nacimiento:

  • En caso de hospitalización del bebé, cuando éste haya estado ingresado más de 7 días, se ampliará el permiso de nacimiento por el plazo que haya estado hospitalizado, con un límite de hasta 13 semanas.

 

  • En el supuesto de discapacidad del bebé, se amplía una semana más para cada progenitor. Se entiende que está en situación de discapacidad el recién nacido con menos de 1.500 g de peso.

 

  • En un parto múltiple cada progenitor podrá disfrutar de una semana más por cada bebé, a partir del segundo. Esto es, en caso de mellizos, cada progenitor tendrá derecho a una semana más de descanso.

 

  • La madre de una familia monoparental acumulará las dos semanas de permiso adicional en caso de discapacidad del bebé o en situación de parto múltiple.

Recordad que el permiso de nacimiento es remunerado, es decir, lleva aparejada una prestación del INSS cuya cuantía es, salvo contadas excepciones, el 100% de la base reguladora del mes anterior al parto.

¡Esperamos que esta información os haya sido de utilidad! En breve os dejaremos otro post con las ayudas que se pueden solicitar por nacimiento.

Mamá Jurista
María Espinosa y Carmen Torres
Abogadas

10 comentarios en «Permiso de maternidad y paternidad en 2022: todo lo que debes saber»

  1. No sé dónde acudir.
    Estaba cobrando el paro, lo pause como me dijeron, y hoy he intentado acceder a la solicitud de la prestación por nacimiento y no me lo permite por estar de baja en la seguridad social. ¿Por qué me sale eso?

  2. ¿Qué plazos son en los que se deben actuar a la hora de solicitar la ayuda, cuando se intercalan días de vacaciones entre las 16 semanas? y quien es el paga el sueldo de las vacaciones la S.S. o la empresa? gracias

  3. Que tontería más grande, más normal será el padre, 4 semanas y la madre por lo menos 8 meses. Que tontería más grande dejar un bebé con 4 meses por donde puedas, ir a trabajar para pagar los gastos del bebé y encima hay que poner del bolsillo, nadie te lo cuida gratis .

  4. Buenas tardes:
    He llamado al sepe, seguridad social, INSS, mi empresa y nadie me contesta, ya no sé a dónde acudir, por eso les escribo.
    Actualmente estoy trabajando (de baja por riesgo para el embarazo)
    Tengo un contrato del tipo 200 y el próximo 16.07, me dan de baja por cese de actividad (trabajo en un centro de educación infantil por lo que hasta el llamamiento en septiembre no me darían de alta nuevamente)
    La semana del 25/07 se supone que doy a luz y claro, al cortarme la empresa, es decir, al darme de baja en el servicio no sé si tengo derecho a la prestación por desempleo, ni mucho menos a la maternidad. Tengo paro de otros años “pausado” no sé si podría reanudarlo unos días y luego pedir la maternidad…

    Espero que puedan ayudarme porque ya no sé a quién preguntar.
    Muchas gracias.

  5. Hola,

    Mi bebé nació el 7 de octubre, y el 7 de noviembre ingresaba en el hospital por un tumor que comprometia su vida. Ahora está estable pero nos quedan semanas por delante de ingreso y tratamiento.
    En algunas pág he leído que la ampliación del permiso de maternidad solo de aplica si el ingreso empieza los 30 días siguientes al parto (lo q me parece un absurdo). Mi bebé ingreso el día 31 después del parto.
    Es así? En su caso, se puede recurrir de alguna manera ?; Querría saber si Podría solicitar la ampliación del permiso de maternidad y como se tramita ..

  6. Hola e sido padre el día 15 de noviembre y en el mes de octubre cambie de trabajo me hacen la base reguladora de lo que e cotizado en octubre en los 2 trabajos o solo en el actual??un saludo

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